De conformidad con lo dispuesto en la base SEXTA de la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Cillorigo de Liébana para la adquisición de libros y de material educativo, publicada en el BOC con fecha 26/09/2013 se comunica que por Resolución de la Alcaldía 240/2017, de fecha 23 de noviembre de 2017, se ha aprobado la convocatoria para el presente ejercicio.
Condiciones bajo las cuáles se podrán solicitar subvenciones al Ayuntamiento de Cillorigo de Liébana:
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- Podrán ser beneficiarios los alumnos y, en su nombre, quienes ostenten la patria potestad o guarda legal del menor.
- Para ser beneficiario de las ayudas se exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos, además de los exigidos en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
- Que los estudiantes para los que se soliciten las ayudas se encuentren cursando estudios de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria.
- Que el beneficiario de las ayudas y sus padres o tutores estén empadronados en el Ayuntamiento de Cillorigo de Liébana a fecha 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria anual de las Ayuda.
- Que los estudiantes para los que se soliciten las ayudas no se beneficien de otras ayudas o subvenciones cuyo objeto sea el mismo que el de aquellas a las que se refi ere esta ordenanza.
- Que ningún miembro de la unidad familiar a la que pertenezca el beneficiario tenga deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Cillorigo de Liébana.
Presentación de solicitudes y documentación.
La solicitud se presentará, en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio. Si alguna solicitud no reuniese la totalidad de los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane los defectos apreciados o acompañe los documentos preceptivos, entendiéndose de no atender tal requerimiento que rechaza voluntariamente la posibilidad de percibir subvenciones.
Las solicitudes, por quienes ostenten la patria potestad, tutela o curatela del alumno, se presentarán en el modelo oficial que prevea cada convocatoria, adjuntando la siguiente documentación:
- Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o de la Tarjeta de Residencia del solicitante.
- Copia compulsada del Libro de Familia o, en su caso, resolución acreditativa de la patria potestad, tutela o curatela del menor.
- Certificado del centro escolar que acredite que el alumno se encuentra matriculado.
- Declaración jurada de no percibir y de no tener solicitadas otras ayudas para los mismos fines.
- Declaración de no estar incurso en las causas señaladas en el artículo 12 de la Ley de Subvenciones de Cantabria, que incluya estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Ficha de terceros, según el modelo que se facilitará en las ofi cinas municipales de Cillorigo de Liébana y certificación de cuenta abierta en cualquier entidad financiera.
- Las solicitudes formuladas serán completadas de ofi cio con el volante de empadronamiento de quienes deban estarlo, según lo dispuesto en el artículo 2 de esta ordenanza, y con la documentación acreditativa de que ningún miembro de la unidad familiar tiene deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Cillorigo de Liébana.
- La presentación de la solicitud conllevará la autorización al Ayuntamiento de Cillorigo de Liébana para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, que acrediten hallarse al corriente del pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Facturas originales o de copias compulsadas de las mismas, o certifi cados emitidos por
los centros educativos justifi cativos del gasto realizado
Por último, se recuerda que el plazo de solicitud va desde el 5 de diciembre de 2017 hasta el 5 de enero de 2018